Decretan detención provisional para Rubén Zamora, Alfredo Cristiani y otros exfuncionarios por el delito de encubrimiento personal en el caso de la masacre de El Mozote y lugares aledaños

La resolución indica la comisión del delito de encubrimiento en su calidad de miembros de la junta directiva de la Asamblea Legislativa de El Salvador.

EL SALVADOR.- Este día el Juzgado de Instrucción de San Francisco Gotera decretó detención provisional contra Luis R. Angulo, Rubén Zamora Rivas, Raúl Somoza Alfaro, Raúl Peña Flores y Alfredo Félix Cristiani Burkard, a quienes atribuye el delito de encubrimiento personal.

Además, en la resolución se identifica un total de diez procesados a quienes se les imputa el delito de encubrimiento, entre los cuales se encuentran exfuncionarios que ya fallecieron, como Ciro Cruz Zepeda y Gloria Salguero Gross.

La resolución declara crimen de lesa humanidad y consecuentemente, imprescriptible, del delito de Encubrimiento Personal, atribuido a los procesados, por considerar que están “relacionados a hechos de graves violaciones a derechos humanos” por la masacre de El Mozote.

La resolución indica la comisión del delito de encubrimiento en su calidad de miembros de la junta directiva de la Asamblea Legislativa de El Salvador en los eventos perpetrados en Morazán, en diciembre de 1981.

Parte de la sentencia: “En el momento en que se encuentra la investigación y con la información recolectada, existe actos posteriores a la masacre que deben ser considerados hechos penalmente relevantes y por los efectos que los mismos produjeron que impidieron la instauración de mecanismos y herramientas que permiten hacer tránsito de una situación de graves y masivas violaciones de derechos humanos, hacia la reconciliación nacional y, eventualmente, hacia la paz, actos que son atribuibles a: Luis Roberto Angulo Samayoa, Rubén Ignacio Zamora Rivas, Raúl Manuel Somoza Alfaro, Raúl Antonio Peña Flores, Alfredo Félix Cristiani Burkard, Reynaldo Quintanilla Prado, Ciro Cruz Zepeda Peña, Mercedes Gloria Salguero Gross, René Flores Aquino, Ernesto Taufik Kury Aspridis”

Además señala a los responsables de estas “Graves Violaciones a Derechos Humanos” perpetrados en los eventos de diciembre de 1981, en los siete poblados de Morazán; los imputados Luis Roberto Angulo Samayoa, Rubén Ignacio Zamora Rivas, Raúl Manuel Somoza Alfaro, Raúl Antonio Peña Flores, Alfredo Félix Cristiani Burkard, Ciro Cruz Zepeda Peña, Mercedes Gloria Salguero Gross, René Flores Aquino, Ernesto Taufik Kury Aspridis y Reynaldo Quintanilla Prado, en sus calidades de miembros de la Junta directiva de la Asamblea Legislativa de El Salvador, “con conocimiento de haberse perpetrado un delito y aunque sin concierto previo, ayudaron a los imputados a eludir la acción de la autoridad mediante una Ley de Amnistía, promulgada mediante Decreto Legislativo N.º 486, publicado en el D.O. el día veintidós de marzo de 1993 que les garantizaba plena y absoluta impunidad a los autores materiales e intelectuales de las masacres de El Mozote y demás lugares aledaños, haciendo imposible que las autoridades judiciales pudieran hacer justicia a las víctimas mediante una sentencia ejemplarizante que diera una respuesta penal a los partícipes y una reparación integral del daño causado por el delito a las víctimas”.

En el escrito señalan que el hecho fue consumado al presentar una iniciativa de ley en la cual se concretó un favorecimiento a los procesados, de una gracia amplia, absoluta e incondicional por la comisión de los delitos ocurridos en las siete poblaciones del norte de Morazán lo cual constituía un acto contrario a compromisos internacionales; dicho instrumento jurídico se emitido con la aquiescencia del imputado Alfredo Félix Cristiani Burkard, quien fungía como Presidente de la República, “quien sancionó y ordenó su publicación para convertir la misma en un instrumento de carácter obligatorio”.

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