Estos serían los requisitos para matricular armas de fuego que se mantienen ilegales, de ser aprobado por la Asamblea Legislativa

«Si hay una arma proveniente de un hecho delictivo o ha sido reportada como robada no se puede inscribir», afirmó el diputado Navarro.

EL SALVADOR.- Los diputados de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública de la Asamblea Legislativa, continuaron este martes con el estudio de la iniciativa que contiene Disposiciones Transitorias para la Legalización de Armas de Fuego, para permitir la matrícula de armas de fuego que se encuentran en manos de la población y que no poseen los documentos legales correspondientes, y que busca controlar y regular el uso, el almacenamiento y la operación de las armas en el país para prevenir delitos.

En el estudio se contemplo cuales deberían ser los requisitos que las personas deben cumplir para poder matricular las armas que se mantengan ilegales, entonces ¿Cuáles son los requisitos planteados este día?

  1. Solicitud ante el Ministerio de la Defensa Nacional, con nombre completo, edad, domicilio, profesión u oficio, nacionalidad, residencia actual. Marca, modelo, calibre, largo de cañon o cañones, color y número de serie del arma a registrar, así como la identificación de las conversiones de calibre que tuviere. El formulario será proporcionado por la Oficina de Registro y Control de Armas de Fuego.
  2. Presentación del arma en la respectiva Oficina de Registro y Control de Armas de Fuego, donde quedará en depósito para efectos de control y registro cuando esta no hubiese sido adquirida en establecimiento nacional debidamente autorizado para la venta.
  3. Proporcionar cuatro municiones con el objeto de tomar las huellas balísticas del arma.
  4. Apuntar a la solicitud la documentación siguiente, factura del establecimiento nacional o extranjero donde se compró el arma o el documento de la propiedad de la misma, fotocopia de la licencia para el uso de arma de fuego, ser mayor de 21 años para las matrículas de colección, tenencia y conducción; y de 24 años para la portación. Los miembros de la FAES, PNC, Académica Nacional Civil de Seguridad Pública y las personas que hubiesen prestado servicio militar podrán obtener cualquiera de las matrículas a los 18 años.
  5. Presentar constancia de antecedentes penales o policiales al momento de la matricula. Tratándose de una persona jurídica deberá, además, presentar fotocopia certificada de la escritura pública de constitución debidamente registrada y vigente.

«Si hay una arma proveniente de un hecho delictivo o ha sido reportada como robada no se puede inscribir. En ese momento, la PNC debe reportarla a las instituciones correspondientes para su respectiva investigación», explicó el diputado Caleb Navarro.

También, las armas que fueron robadas a los cuerpos policiales en el pasado cuando las pandillas tenían el control del país o las que están reportadas por un delito, no pueden ser registradas, agregó Navarro.

La iniciativa establece en la legislación temporal que las personas que tengan motivos reales para registrar un arma sin documentos serán exentos de la comisión de delito penal.

Para este día, se esperaba la llegada del ministro de la Defensa, Merino Monroy, pero cabe destacar no se presentó debido a las atenciones de la Fuerza Armada a las medidas que se ejecutan en el combate contra el dengue.

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