Exigen clausura de botadero ilegal de ripio y basura a la alcaldía de Nuevo Cuscatlán y al MARN en aplicación de ley ambiental y penal

La Asamblea Legislativa aprobó enmiendas al artículo a la Ley de Medio Ambiente y al Código Penal, las cuales contemplan sanciones económicas y penas de prisión para quienes arrojen desechos sólidos en espacios inadecuados.

LA LIBERTAD.- Denuncian botadero de ripio y basura en la zona montañosa en las afueras del municipio de Nuevo Cuscatlán, ciudadanos han cuestionado porqué el Concejo Municipal ni el Ministerio de Medio Ambiente, aplican la ley en este caso.

La Asamblea Legislativa aprobó en noviembre del 2022 enmiendas al artículo 98 de la Ley de Medio Ambiente y al artículo 257 del Código Penal, las cuales contemplan sanciones económicas y penas de prisión para quienes arrojen desechos sólidos en espacios inadecuados.

Con estos cambios, las personas naturales pueden ser sancionadas con $20 por menos de dos libras de basura; $1,500 por más de esa cantidad; a las entidades jurídicas se les puede imponer multa de hasta con $25 mil.

En ese entonces, los legisladores establecieron penas de hasta tres años de cárcel, multas de hasta $25 mil y el cierre total de la empresa que ponga en peligro la salud y la calidad de vida de las personas y la naturaleza.

Reformas al Código Penal: «Cuando se trate del delito de disposición indebida de residuos o desechos, el condenado estará obligado al pago de $1,500 que podrá ser efectuado bajo las condiciones establecidas en el artículo 257-A de este Código, mientras no se haga efectivo el cumplimiento del pago el acusado se encontrará en el estado de insolvencia tributaria imposibilitado para la tramitación de la solvencia policial y con restricción migratoria de salida del territorio nacional».

Además, el mismo artículo establece que «el que arrojare o abandonare más de dos libras de residuos o desechos de cualquier clase en lugares no autorizados, poniendo en peligro directa o indirectamente el medio ambiente, o quien altere el normal funcionamiento de acueductos y alcantarillados, poniendo en peligro la salud o la vida de las personas, será sancionado con penas de 1 a 3 años de prisión, la cual podrá ser sustituida por trabajo de utilidad pública consistente en limpieza de conformidad a lo establecido en la legislación penal vigente”.

El artículo también indica que cuando la basura sea arrojada desde un vehículo, al conductor de este se le suspenderá el derecho a conducir por el plazo de seis meses, y también deberá pagar $1,500.

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