FMLN dice que candidatura de Bukele es ilegal y desconoce la resolución constitucional

El partido FMLN insiste en que la candidatura presidencial de Nayib Bukele es «ilegal» y no acepta ningún argumento para rebatirlo. «Esta resolución [del Tribunal Supremo Electoral para inscribir a Bukele] es ilegal, inconstitucional e ilegítima y no hay argumento que valga», afirmó en la entrevista Debate TCS Anabel Belloso, diputada efemelenista y candidata a la reelección por el departamento de San Salvador.

La inscripción de Bukele —candidato de Nuevas Ideas con Félix Ulloa, como fórmula— fue avalada con los votos de cuatro de los cinco magistrados electorales, que determinaron que la solicitud cumplía con la ley. También hay un fallo de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia que habilita la reelección inmediata presidencial, por lo que Bukele puede competir en 2024.

Belloso le restó importancia a la sentencia de los jueces constitucionalistas, la cual sostiene que la interpretación del texto constitucional que ha existido ha sido «errónea», ya que es la Constitución de la República la que permite que un ciudadano pueda ser presidente por un máximo de 10 años. «La Constitución, que es la ley primaria que rige nuestro país, establece en seis de sus artículos la prohibición expresa, [por lo que] no hay donde interpretar de manera diferente», alegó la legisladora farabundista.

El abogado constitucionalista Francisco Bertrand Galindo dijo esta semana en la entrevista Frente a Frente que el TSE basó la inscripción de Bukele en la resolución de la Sala de lo Constitucional 01-2021, que establece que será el pueblo el que decidirá, al final, al momento de votar si hay o no reelección.

Julio Olivo, magistrado electoral propuesto por el FMLN, sostuvo desde que se conoció el fallo que habilita la reelección inmediata presidencial que votaría respetando la Constitución. Sin embargo, se abstuvo cuando el organismo colegiado analizó la solicitud de inscripción de Bukele.

«Esta es una pregunta que a mí me encantaría hacérsela al magistrado Julio Olivo Granadino. ¿Por qué no votó en contra, sino que se abstuvo? Él dijo el otro día, “yo voy a votar conforme a la Constitución”, pero no sé a cuál Constitución [se refirió]», dijo ayer el abogado Mauricio Maravilla en la entrevista Pulso Ciudadano.

 Juan Contreras, consultor electoral, explicó en la misma entrevista que el Código Electoral no contempla la figura de la abstención al momento de las votaciones en el organismo colegiado. «Lo que sí regula es el razonamiento de inconformidad con un fallo, que podrá ser en el momento de conocerse el caso o 24 horas hábiles siguientes», agregó.

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