La UEFA inicia un procedimiento disciplinario contra Morata y Rodri por la celebración de la Eurocopa

Ambos jugadores españoles han sido puestos en el foco de la justicia tras los desafortunados cánticos que realizaron en la celebración del título

EUROPA.- La celebración del mayor título continental de selecciones ha dejado una serie de momentos memorables que ha disfrutado todo el país. Sin embargo, también tuvieron lugar una serie de actos que han generado polémica. Durante el festejo de la Eurocopa, conseguida por la Selección Española, se propagaron por el público numerosos cánticos referidos a Gibraltar, territorio británico ubicado en el sur de la Península Ibérica. A estos cantos, que proclamaban que “Gibraltar es español”, se le unieron dos jugadores de la selección española: Álvaro Morata y Rodri Hernández.

Es por ello, que la UEFA ha iniciado este martes un procedimiento disciplinario contra ambos seleccionados españoles. Más específicamente se les atribuye cuatro cargos: vulneración de los “principios generales de conducta”; “violación de las normas básicas de conducta decente”; “utilización de acontecimientos deportivos para manifestaciones de carácter no deportivo”; y “desprestigiar el deporte del fútbol, y la UEFA en particular”.

Por tanto, estos hechos, sucedidos el 15 de julio de 2024 en las inmediaciones de la fuente de Cibeles, puede que no queden impunes. De hecho, el propio Gobierno de Gibraltar también se ha posicionado totalmente en contra de estos comentarios, sacando un duro comunicado que ponían en el centro de la diana a Morata y a Rodri. Asimismo, el primer ministro de Gibraltar, Fabian Picardo, también ha denunciado estos cánticos, comparándolos con políticas dictatoriales similares a las que empleaba Franco.

Qué dice el reglamento
En el artículo 11 del Reglamento Disciplinario, referente a los principios de conducta, la UEFA recoge que “todas las entidades y personas sujetas al presente reglamento deberán respetar las Reglas de Juego, así como los Estatutos, reglamentos, directivas y decisiones de la UEFA, y cumplir con los principios de conducta ética, lealtad, integridad y deportividad”, según ha recogido Efe.

También considera sancionable el comportamiento que “sea insultante o infrinja de otro modo las normas básicas de una conducta decente”, el uso “de los eventos deportivos para manifestaciones no deportivas” y las conductas que generen “desprestigio” al fútbol “y la UEFA en particular”, según recoge en los apartados B, C y D del citado artículo 11. En el punto 3 del citado apartado del Reglamento Disciplinario, la UEFA explica que “las infracciones de los principios y normas antes mencionados se sancionarán mediante medidas disciplinarias”, sin especificar el baremo de las determinaciones que pueden adoptarse en ese sentido

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