Las personas que no cumplan dicha ley serán multadas con un monto $365, que equivale a un salario mínimo del sector comercio, por el TSE.
EL SALVADOR.- Este viernes 1 de marzo el Tribunal Supremo Electoral (TSE) recordó que, de acuerdo con el artículo 284 del Código Electoral, el día anterior a la elección, el de la votación, y el siguiente, se prohíbe la venta, distribución y consumo de bebidas embriagantes de cualquier naturaleza en el marco de las elecciones municipales y del PARLACEN.
Es decir, a partir del 2 de marzo está prohibido la venta, distribución y consumo de bebidas embriagantes, hasta el lunes 4 de marzo, el día de las elecciones municipales y del PARLACEN se realizarán el domingo 3 de marzo.
Cabe mencionar que, las personas que no cumplan dicha ley serán multadas con un monto $365, que equivale a un salario mínimo del sector comercio, por el TSE.
Además, el TSE podrá detener a las personas que llegue en estado de ebriedad a un centro de votación, y será remitida a las autoridades.