Contribuyentes podrían pagar sus deudas tributarias sin intereses ni recargos hasta el 11 de diciembre

La Comisión de Hacienda dictaminó a favor de emitir una ley transitoria que permitiría a los contribuyentes salvadoreños regularizar sus obligaciones tributarias, aduaneras y determinadas multas sin pagar intereses, recargos ni multas por mora. La medida tendría vigencia hasta el próximo 11 de diciembre, según lo expuesto durante la reunión legislativa.

La propuesta, denominada Ley Especial y Transitoria que Otorga Facilidades para el Cumplimiento Voluntario de Obligaciones Tributarias, Aduaneras, de Tránsito y Otras Multas, busca facilitar el pago de deudas pendientes con el Ministerio de Hacienda y otras instituciones públicas, con excepción de las municipalidades.

El director general de Impuestos Internos del Ministerio de Hacienda, Marvin Sorto, explicó a los diputados que la iniciativa pretende ofrecer alternativas a quienes no han podido cumplir con sus compromisos fiscales.

“Buscamos darle oportunidades a las personas que cumplen con sus pagos, pero que, por algún motivo, no han podido solventar sus compromisos con el fisco”, afirmó el funcionario.

¿Qué deudas podrían incluirse en la amnistía fiscal?

De acuerdo con lo expuesto por Hacienda, el beneficio permitiría regularizar obligaciones pendientes ante la Dirección General de Impuestos Internos, la Dirección General de Aduanas y el Tribunal de Apelaciones de los Impuestos Internos y de Aduanas.

También abarcaría determinados casos relacionados con procesos de cobro judicial ante la Fiscalía General de la República (FGR), así como recargos e intereses derivados de multas de tránsito y sanciones impuestas por instituciones de la Administración Pública, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la normativa.

Sorto aclaró que la medida no eliminaría las sanciones originales por infracciones de tránsito, sino que estaría orientada a exonerar los recargos o intereses generados por la falta de pago.

“Se busca que se exonere de los recargos o intereses que se generaron por no cancelar multas de tránsito, por ejemplo, pero no es que se les estaría eximiendo de las sanciones impuestas por agentes policiales o por gestores de tránsito”, precisó.

Planes de pago para regularizar las obligaciones

La iniciativa también contempla la posibilidad de establecer convenios de pago para quienes no puedan cancelar la totalidad de la deuda de una sola vez.

Según lo explicado durante la sesión, los contribuyentes podrían solicitar un plan que incluya una primera cuota equivalente al 10 % del monto adeudado y ocho cuotas mensuales consecutivas para completar el pago. Esta modalidad también se aplicaría a multas relacionadas con el incumplimiento de obligaciones formales.

Sin embargo, el incumplimiento del convenio implicaría la pérdida de los beneficios y la reactivación proporcional de los recargos originales.

El director general de Impuestos Internos sostuvo que la recaudación estatal depende principalmente del pago de los tributos y no del incremento de multas o intereses. “El Estado tiene claro que la economía no se incrementa por multas o intereses, sino que el impacto mayor corresponde a los impuestos propios”, expresó.

Antecedente de la última amnistía

El último marco legal con un propósito similar fue aprobado el 15 de octubre de 2025 y, según los datos presentados, benefició a 56,195 contribuyentes.

De la recaudación obtenida mediante esa medida, el 71 % correspondió a pequeños contribuyentes, el 15 % a medianos y el 14 % a grandes tributarios.

La nueva propuesta busca facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones pendientes y fortalecer la recaudación fiscal. No obstante, al momento de la información proporcionada, la Comisión de Hacienda había emitido un dictamen favorable; la aprobación definitiva de la ley y sus condiciones dependerían del trámite legislativo correspondiente.

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