Este premio certifica que las empresas cumplen con condiciones dignas de trabajo, que incluyen el respeto de las normativas laborales y el alineamiento con los estándares internacionales de libertad y dignidad en el trabajo.
EL SALVADOR.- El ministro de Trabajo y Previsión Social, Rolando Castro, invitó este viernes 10 de octubre a postular a las empresas al Premio Nacional al Trabajo Decente 2025, un galardón que reconoce las buenas prácticas laborales en El Salvador.
Este premio destaca a las empresas que cumplen con las normativas nacionales e internacionales en cuanto a condiciones laborales, y es un símbolo de compromiso con la dignidad y los derechos de los trabajadores. “Es un galardón y reconocimiento internacional a las buenas prácticas”, señaló el ministro Castro, la mañana de este viernes. Para postular el correo: trabajodecente@mtps.gob.sv
En noviembre del año pasado, el ministro Castro entregó el Premio Nacional al Trabajo Decente 2024 a 32 empresas durante una gala celebrada en el Teatro Nacional de San Salvador. El evento destacó la diversidad de las empresas galardonadas, que variaron en tamaños, sectores y ubicaciones, desde microempresas hasta grandes industrias, cubriendo áreas como la agricultura, la industria, el comercio y los servicios.
“No es un premio fácil de obtener”, afirmó el ministro Castro en ese momento, subrayando que las empresas premiadas no solo cumplieron con las normativas laborales nacionales, sino que también respetaron los estándares de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cuyos 187 países miembros incluyen a El Salvador.
Este premio certifica que las empresas cumplen con condiciones dignas de trabajo, que incluyen el respeto de las normativas laborales y el alineamiento con los estándares internacionales de libertad y dignidad en el trabajo.
Derechos laborales que deben cumplir las empresas seleccionadas:
- Pago del salario mínimo legal vigente (Art. 38 + 42, Constitución de la República, Art. 122, Código de Trabajo).
- Pago de horas extraordinarias laboradas (Art. 38 + 6, Constitución de la República, Art. 169, Código de Trabajo).
- Indemnización correspondiente (Art. 38 + 11, Constitución de la República, Art. 58, Código de Trabajo).
- Pago anual de aguinaldo (Art. 38 + 45, Constitución de la República, Art. 196, Código de Trabajo).
- Vacación anual remunerada (Art. 38 + 49, Constitución de la República, Art. 177, Código de Trabajo).
También, las empresas deben contar con programas acreditados de Seguridad y Salud Ocupacional y de Gestión de Previsión de Riesgos Ocupacionales, así como cumplir con otros requisitos como ingreso justo, seguridad en el lugar de trabajo, igualdad de oportunidades, y libertad para expresar opiniones y participar en decisiones.