Cambios a la Ley de Servicios Internacionales dinamizarán la inversión y fortalecerán parques y centros de servicios

Los cambios actualizan los requisitos de inversión mínima, empleo y áreas verdes, permiten a las empresas realizar más de una actividad incentivada y establecen condiciones específicas para servicios médico-hospitalarios y de atención a ancianos.

EL SALVADOR.- Los diputados de la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión aprobaron reformas a la Ley de Servicios Internacionales, con el objetivo de incrementar la inversión nacional y extranjera, promover la ampliación de inversiones existentes y fortalecer la competitividad y productividad de El Salvador.

La normativa regula el establecimiento y funcionamiento de parques y centros de servicios, así como los beneficios y responsabilidades de las empresas que los desarrollan, administran u operan.

Durante el estudio de la iniciativa, Marta Solís, representante del Ministerio de Economía, explicó que las reformas permitirán dinamizar la inversión y actualizar los requisitos de inversión mínima y generación de empleo. Además, se habilita que una misma empresa pueda desarrollar más de una actividad incentivada, siempre que cumpla con el requisito de inversión y empleo de mayor exigencia entre las actividades solicitadas.

Entre los principales cambios, se establece que las personas jurídicas que deseen calificar como usuarios directos para prestar servicios de procesos empresariales deberán realizar una inversión mínima de $150,000 en activos desde el primer año de operaciones y generar al menos 10 empleos permanentes.

En el caso de los servicios médico-hospitalarios, la ley fija requisitos específicos: una inversión mínima de $1,000,000, al menos 10 empleos permanentes, edificaciones de un mínimo de 4,000 metros cuadrados, la presentación de un plan de negocios y el cumplimiento de las normas de seguridad médico-hospitalaria. Estas disposiciones aplican para proyectos destinados a servicios de medicina general, odontológicos y tratamientos de enfermedades, con o sin intervención quirúrgica.

Para los servicios de atención a ancianos y convalecientes, la inversión mínima requerida será de $250,000, además de la generación de empleo y la presentación de un plan de negocios.

Las reformas también modifican la regulación de las áreas verdes en los parques de servicios, estableciendo que deberán representar el 30 % del área total. De este porcentaje, un 10 % deberá ubicarse dentro o colindante al parque, mientras que el 20 % restante podrá establecerse fuera, siempre que cumpla con criterios de compensación ambiental y cuente con las autorizaciones correspondientes.

El decreto advierte que el incumplimiento de los requisitos establecidos conllevará la pérdida de los beneficios e incentivos fiscales durante el ejercicio fiscal en el que se registre la falta.

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