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Corte Suprema falló contra el caso del salvadoreño al que negaron visa por tatuajes

by Cipitio Amigo
Corte Suprema falló contra el caso del salvadoreño al que negaron visa por tatuajes

El salvadoreño supuso que le negaron la visa porque creían que era miembro de la pandilla MS-13 debido a unos tatuajes que se hizo cuando era adolescente, como uno de la Virgen de Guadalupe y unas máscaras.

ESTADOS UNIDOS.- La Corte Suprema de Estados Unidos falló en contra de una estadounidense que estima que el gobierno violó sus derechos constitucionales al denegar una visa a su marido salvadoreño, que lo atribuye a sus tatuajes.

Por seis votos contra tres el máximo tribunal estima que la denegación de visa no viola los derechos constitucionales de un estadounidense casado con un extranjero.

Sandra Muñoz se casó con el salvadoreño Luis Asencio Cordero en 2010 y años más tarde comenzaron los trámites para obtener un permiso de residencia para él.

Como Asencio Cordero entró ilegalmente en Estados Unidos tuvo que regresar a El Salvador y presentar su solicitud de visa en un consulado, donde se sometió a varias entrevistas.

En diciembre de 2015 un funcionario le negó la solicitud al considerar que existían motivos razonables para creer que podría participar en delitos una vez en Estados Unidos. No dio detalles.

El salvadoreño supuso que le negaron la visa porque creían que era miembro de la pandilla MS-13 debido a unos tatuajes que se hizo cuando era adolescente, como uno de la Virgen de Guadalupe y unas máscaras.

El matrimonio pidió que el consulado reconsiderara la decisión, pero éste se mantuvo firme y apeló al Departamento de Estado, que le dio la razón.

Muñoz presentó una demanda para pedir explicaciones.

Una corte de circuito falló a su favor por estimar que las autoridades deben darle una «razón fáctica legítima» en un tiempo razonable.

Pero la Corte Suprema revocó este viernes la sentencia del Noveno Circuito.

«Muñoz ha sufrido un perjuicio por la denegación de la solicitud de visado de Asencio Cordero, pero ese perjuicio no le da derecho a participar en su proceso consular», escriben los magistrados.

Los jueces explican que el Congreso puede dar prioridad a la unidad familiar de los migrantes -y con frecuencia lo ha hecho- pero la Constitución no lo exige y en cualquier caso siempre ha estado sujeto a restricciones, como la admisibilidad.

Se basa en que además de la unidad familiar hay otros temas en juego como la seguridad nacional y la política exterior.

Es «una cuestión de gracia legislativa más que un derecho fundamental», se lee en el fallo.

La magistrada progresista Sonia Sotomayor discrepa.

«El gobierno no puede desterrar al cónyuge de un ciudadano estadounidense y darle sólo una simple notificación legal como excusa», escribió.

«Al negar a Muñoz el derecho a una base fáctica para la exclusión de su marido la mayoría (…) subestima gravemente el derecho al matrimonio en el contexto de la inmigración», añadió.

Daniel Galindo, abogado de la poderosa Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU) también está «completamente en desacuerdo». Opina que «como mínimo, debería tener derecho a un proceso justo».

Con información de Agence France-Presse.

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