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El actual presidente del Órgano Judicial, Óscar López Jerez, el magistrado del TSE, Noel Orellana y el extitular de la PDDH, Apolonio Tobar compiten por una magistratura en la CSJ

by Cipitio Amigo
El actual presidente del Órgano Judicial, Óscar López Jerez, el magistrado del TSE, Noel Orellana y el extitular de la PDDH, Apolonio Tobar compiten por una magistratura en la CSJ

López Jerez destacó sus 23 años como abogado particular “le sirven”, además de haber sido presidente de la CSJ.

EL SALVADOR.- Este lunes 24 de junio, el Consejo Nacional de la Judicatura (CNJ) continuó con las entrevistas de los candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Entre los que fueron entrevistados estuvo el actual presidente de la CSJ, Óscar López Jerez quien busca permanecer como magistrado del Órgano Judicial.

En cuanto a su trayectoria, el abogado dijo que desde 1987 a diciembre 89 estuvo como asesor jurídico del Estado Mayor, en el Ministerio de Seguridad Pública estuvo 3 años en la parte de investigación criminal penal de militares como de reos comunes.

Luego en el juzgado quinto de lo Penal estuvo 3 años, de enero 1990 a enero 1993 como colaborador jurídico, en el segundo año como secretario notificador, en el tercer año en ese mismo juzgado lo nombraron juez del tribunal.

En enero 1993 hasta 2015 ejerció la abogacía, en dicho periodo presentó una moción a la Asamblea Legislativa de reforma de la ley de Notariado para que se hiciera un examen de notariado al año que fue aprobada como en un 1 mes, en la Corte Suprema de Justicia fue designado en la Sala de lo Civil (del 2015 al 2018), ya en el 2018 a 2021 lo nombran en presidente de la Sala de lo Civil.

En 2021 fue nombrado presidente de la Corte Suprema de Justicia  y por ende presidente de la Sala de lo Constitucional en donde presentó 2 reformas que fueron aprobadas en la ley de Notariado, López Jerez señaló que cuando llegó a la sala de lo constitucional esta tenía una mora judicial de 1181 amparos, 1142 habeas corpus y 431 inconstitucionalidades pero que ahora a la fecha no tienen mora.

La primera de las preguntas realizadas por el CNJ a López fue: ¿cuál era el rol de la Sala de lo Constitucional en la defensa de los derechos fundamentales?. A lo que el magistrado respondió: “la sala es responsable de proteger los derechos constitucionales fundamentales de las del individuo, como bien se dice, debe velar porque los derechos fundamentales constitucionales sean respetados, sean tutelados, sean protegidos, esa es la mayor obligación.

La segunda de las preguntas fue sobre ¿cuáles han sido los principales impactos del control de convencionalidad en el derecho constitucional salvadoreño?

López Jerez catalogó dicha interrogante como un tema delicado y complejo, diciendo: “La Sala de lo Constitucional ha considerado algunas disposiciones y considerandos de jurisprudencia, de estos organismos internacionales, el Tribunal Constitucional Español, del Tribunal Iberoamericano. También es bueno decir que se han presentado ante la Sala de lo Constitucional demandas consistentes en que se declara inconstitucional cierta ley, cierta disposición legal, por chocar, por colisionar con alguna algún convenio, algún tratado, entonces se ha dictaminado que no es la violación a la convención lo que se ve acá sino que es al artículo 144 de la Constitución, entonces la corte ha tomado en cuenta ciertos fallos o considerando de ciertas convenciones, de ciertas resoluciones jurisprudenciales o tratados”.

En la tercera pregunta, de ¿cómo su trayectoria profesional lo habilitaría para mantener la magistratura?, López Jerez destacó sus 23 años como abogado particular “le sirven”, además de haber sido presidente de la CSJ.

“Apartando todo vestigio de pretender ser soberbio y queriendo ser de verdad lo más humilde posible, creo que los 23 años como particular me sirven, aprendí un poco de cada materia o área, no la domino todas pero algo aprendí de cada materia, creo también que tengo un plus que los 6 años como maestrado de la Corte Suprema de Justicia que martes y jueves teníamos corte plena, donde veíamos todo tipo de asuntos, ver todo lo que se hacía administrativamente en la Corte de Suprema de Justicia, más los 3 años que he estado como presidente de la Corte de Suprema Justicia, tanto en la parte administrativa como en la jurisdiccional, creo que todo eso me ha servido”.

Y de llegar a ser otra vez magistrado de la CSJ dijo que implementará el protocolo electrónico y el expediente judicial electrónico a nivel nacional.

MAGISTRADO DEL TSE TAMBIÉN BUSCA LLEGAR A LA CSJ

El actual magistrado propietario del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Noel Antonio Orellana también participó en la jornada de entrevistas del CNJ y destacó de su trayectoria profesional sus 32 años laborando en la Asamblea Legislativa. Orellana finaliza sus funciones en el TSE el 31 de julio de 2024.

Orellana dijo que es abogado notario de la República, con una maestría en derecho internacional pública, un posgrado impartido por el Instituto Centroamericano de Administración de Empresa, posgrado en derecho tributario en Derecho Constitucional en Derecho Administrativo en Finanzas Públicas en Derecho de Familia y que ha participado en diversos seminarios impartido por la Escuela Superior de Economía y Negocios, por el Banco Mundial, el Fondo Monetario y el Ministerio de Hacienda.

La primera de las preguntas que le hizo el pleno fue ¿qué son las garantías constitucionales? a lo que Orellana respondió: “las garantías constitucionales son muy importante ya que son pilares fundamentales en la democracia de nuestro país, son aquellas en las cuales se le permite y se le garantiza a cada uno de los ciudadanos, por ejemplo el derecho a un debido proceso, respeto a su libertad, el derecho a la salud, el derecho a la educación y principalmente que en algún momento determinado la persona sea procesada el derecho de inocencia, que también tiene cada uno de los ciudadanos”.

A la segunda interrogante, de ¿cuáles son las partes que integran la Constitución? “Las partes de la Constitución establece todos aquellos derechos, los componentes que la misma tiene, de alguna u otra manera, las partes fundamentales, lo correspondientes a los derechos y a las obligaciones que cada uno tenemos como ciudadanos”.

Y a la pregunta, ¿cuáles son las reglas especiales en el caso de reclamación cuando los daños y perjuicios tengan su causa en la violación de los derechos constitucionales?, Orella respondió: “en algún momento determinado, con los con el accionar y con el quehacer de las instituciones públicas a través de sus diferentes funcionarios se le puede causar un daño moral a la persona, la ley reconoce ese derecho, que se tiene en el sentido de que se puede acudir a las instancias correspondientes a efecto de que en algún momento determinado el estado pueda resarcir ese daño que se le está ocasionando a las personas, en ese sentido es muy importante garantizar estos derechos en razón de que en algún momento determinado los actos que en algún momento pueda realizar la administración pública, puedan ocasionar estos daños y obviamente que es importante que el Estado también pueda resarcir el daño que se le está causando a un ciudadano”.

EXPROCURADOR ASPIRA A MAGISTRADO de la CSJ

El exprocurador para la Defensa de los Derechos Humanos, Apolonio Tobar resaltó en su formación académica que es Licenciado en Ciencias Jurídicas de la Universidad El Salvador en Santa Ana, con una maestría en estudios políticos aplicados obtenida en España y que actualmente está cursando una maestría, tiene 2 diplomados sobre derecho constitucional en derechos humanos y derecho bursátil.

En la experiencia laboral fue colaborador jurídico en la Fundación de Estudio para la Aplicación del Derecho FESPAD, ejerció la Jefatura de la Unidad Regional de Occidente de esa misma organización. En el órgano judicial fue colaborador jurídico del Juzgado Tercero lo Civil Mercantil en Santa Ana en el año 2010 y en el 2014 la Corte Suprema de Justicia lo nombró juez interino de esa misma sede judicial, cargo que todavía tiene. Ha sido miembro del Tribunal de Servicio Civil por 2 años, además de asesor jurídico de la Asamblea Legislativa durante 1 año. En el 2016 fue designado por la Corte Suprema de Justicia como juez interino en el Juzgado Civil de Cojutepeque donde estuvo 1 año y 5 meses, luego de ese interinato se le nombró juez propietario de los Civil y Mercantil en San Vicente, cargo que ostento en la actualidad pero que lo ha ejercido únicamente desde el nombramiento, es decir de febrero 2018 hasta septiembre al 15/10/2019 porque luego de ejerció el cargo de Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos desde el 16/10/2019 al 15/10/2022 y actualmente ejerce el cargo de magistrado presidente de la Cámara Tercera de lo Penal.

Tobar ha sido docente universitario durante 9 años en la Universidad Francisco Gavidia en Santa Ana y durante 2 años en la Universidad El Salvador también en el mismo departamento.

Según el Licenciado lo que lo motiva para ser magistrado de la CSJ es porque “El Salvador ha entrado en una dinámica interesante, de un recambio generacional de funcionarios y funcionarias que se está sustentando en valores y principios que a mí siempre me han llamado la atención, lo he aplicado en mi vida laboral, me refiero a los principios de eficacia, efectividad y compromiso”.

La primera de las preguntas que le hizo el pleno fue sobre ¿cuáles son las reglas especiales en el caso de reclamación cuando los daños y perjuicios tengan su causa en la violación de derechos constitucionales?

“La regla principal es analizar el derecho constitucional que se está impugnando como infringido, pero en esto es necesario analizar los principios que rigen el derecho constitucional, es decir lo que la sala ha denominado, la proporcionalidad, la necesidad del análisis integral que debe haber sobre la reclamación y sobre el resultado que debe haber a partir de la pretensión formulada”, respondió.

A la segunda pregunta ¿cuál es el objeto de control en los procesos de inconstitucionalidad iniciados a partir de una declaración judicial de inaplicabilidad de una disposición jurídica? Tobar contestó: “el objeto de control lo constituye la norma que se considera contraria a la Constitución, es decir el precepto legal que el denunciante o el demandante ha dicho que es contraria a la Constitución y que este objeto se contrapone con la norma constitucional para determinar si la misma reviste la constitucionalidad suficiente para que pueda ser validada por la Sala Constitucional o por el contrario no supera el examen de constitucionalidad, en consecuencia sea arriba una sentencia de carácter estimativa para expulsar del ordenamiento jurídico la norma impugnada”.

Y a la interrogante ¿por qué se afirma la jurisdicción constitucional tiene igual rango jerárquico que la Constitución? “en principio por la vinculación que tiene esta, porque es vinculante la decisión de la Sala Constitucional en materia de inconstitucionalidad es vinculante para toda la población y se afirma porque digamos se equipara a la máxima aquella que decimos que la norma o, las leyes son de aplicación general, entonces si la Sala Constitucional en su resolución, en su sentencia desestima la pretensión en el sentido que considera que la norma es constitucional, esa decisión tiene aplicación genérica, digamos que es un símil con establecer que la ley es de aplicación general y nadie puede negarse a aplicarla y por el contrario si la sala estima que la sentencia no supera el examen de constitucionalidad y decide separar la de ordenamiento jurídico también tiene ese equivalencia a la ley en tanto que no es aplicable en términos generales o para la generalidad de la población”.

https://www.facebook.com/CNJElSalvador/videos/1810109602843931

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